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GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES SANITARIAS EN EL CENTRO DE TRABAJO

Acerca de la Cámara de Comercio Peruano China

Hace unos días se tomó conocimiento de una trabajadora que fue despedida, en España pues no utilizó la mascarilla -correctamente- en su puesto de trabajo. De este modo, se consideró que la trabajadora fue despedida adecuadamente por haber incumplido las medidas sanitarias, donde se analizaron distintas circunstancias: (i) el nivel de exposición de la trabajadora de cara a los clientes en el supermercado; (ii) la gravedad del incumplimiento; (iii) la razonabilidad y la proporcionalidad.

En nuestro país la emergencia sanitaria se mantiene y pasamos por una situación bastante grave con la segunda ola de contagios, además de la falta de camas de cuidados intensivos y la aún limitada cantidad de vacunas. En ese sentido, es importante que todas las personas (incluidas las empresas) se mantengan alertas y no dejen de lado las obligaciones sanitarias.

Al respecto, las empresas que requieren servicios de forma presencial deben ser muy estrictas ante cualquier incumplimiento de las medidas sanitarias (tanto en espacios cerrados como abiertos). Así, lo ocurrido con esta trabajadora en España tiene mucha relevancia y debe ser utilizado como un claro ejemplo para replicar en nuestro país: como se deben manejar las relaciones laborales respecto al cumplimiento de todas las medidas sanitarias.

Además, debe recordarse que las empresas deben evitar cualquier tipo de contingencia laboral futura pues es probable que en unos meses muchos trabajadores -con o sin sustento- presenten demandas judiciales laborales en las que puedan reclamar alguna indemnización por haberse contagiado -supuestamente- mientras trabajaban de forma presencial.

Por lo tanto, a continuación presentamos algunas medidas generales que las empresas pueden implementar para evitar este tipo de contingencias:

  1. Contar con un buen Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo. Es recomendable supervisar su cumplimiento constantemente y, de ser posible, hacer auditorías constantes.
  2. Para todos los puestos de trabajo, establecer como una nueva obligación laboral cumplir estrictamente con las medidas sanitarias. Muchas veces este tipo de medidas sólo están planteadas de forma general, por lo que es importante incluirlas en los reglamentos internos u otras políticas empresariales.

Por ejemplo, es posible que el incumplimiento de estas medidas -previo análisis de cada caso- sea considerado como una falta grave que debería implicar el procedimiento disciplinario respectivo.

Por Alfonso Marreros. Asociado del área laboral de Rubio Leguía Normand